Dentro del catastro, que consiste en un inventario gráfico, numérico
y literal de los inmuebles que existen en todo el país de acuerdo al artículo 1,
inciso b del Reglamento de la Ley de Catastro Nacional. Según el reglamento se
tiene una clasificación de acuerdo a zonas o regiones específicas dentro del país,
como las zonas catastral y catastrada donde una se refiere a la región del país
en la cual se encuentra en proceso los levantamientos catastrales y la otra
donde estos levantamientos ya han sido finalizados y oficializados. Por otra
parte existen otras clasificaciones para la organización de los inmuebles del
uso de suelos, desarrollo o actividad económica, dentro del catastro las zonas
urbanas y rurales son de vital importancia ya que gracias a estas clasificaciones podemos
definir una serie de parámetros y características que se deben aplicar para
cada zona de forma distinta y beneficia a un mejor orden y organización de este
inventario.
El control del catastro rural se lleva de igual manera, por lo que será
un inventario con la información mencionada anteriormente. De acuerdo a la Clasificación de distritos según grado de urbanización define la zona rural como “El resto
de áreas del país no ubicadas en el área
urbana, que reúnen características, tales como: un predominio de actividades
agropecuaria, pecuarias, silvícola y turísticas; dentro de esas zonas se pueden
encontrar conglomerados de viviendas y viviendas dispersas; así como centros poblados, con
disposición de servicios de infraestructura como electricidad, agua
potable y teléfono; cuentan con servicios como escuela, iglesia, parque o plaza
de esparcimiento, centro de salud, guardia rural, etc”.
Por otro lado al realizar
trabajos topográficos en lotes de zonas rurales hay que tomar en cuenta ciertos
aspectos si se hacen planos de catastro de estas regiones, al igual que se debe
de hacer con la zona urbana, de no tomar en cuenta estas disposiciones que
contiene la Guía de calificación del Registro Inmobiliario traerá consecuencias
a la hora de pasar por la calificación de los registradores.La Ley del Catastro Nacional en el artículo 7 capitulo II conceptualiza la palabra predio como "Porción formada por una o varias parcelas contiguas, interdependientes entre sí, y que, ubicado en una sóla provincia, pertenece a uno o varios propietarios o poseedores."
Se tienen 2 tipos de predios
dentro de la zona rural:
Predios rústicos: Son aquellos de
uso agrario, ubicados en zona rural y destinada a la actividad agropecuaria.
Comprende también a aquellos predios ubicados en área de expansión urbana
destinados a alguna actividad agropecuaria y que no cuentan con habilitación
urbana
Predios rurales: Aquellos predios
ubicados fuera de la zona urbana calificada como tal en los planes de
acondicionamiento territorial aprobados por la Municipalidad respectiva.

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